Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0912/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.20.
II.20.Mediante decreto de 4 de mayo de 2007, pese a las deficiencias del referido memorial, la autoridad judicial recurrida, ordenó se extiendan las fotocopias legalizadas de la documentación existente en ese despacho (fs. 110 vta.), mismas que, según refirió la citada autoridad en la audiencia del recurso, no fueron recogidas por el solicitante.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.16.
- II.18.
- II.20.
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.2.
- APROBAR