Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.2.
II.2. Ante la interposición de apelación restringida por parte del representante del Ministerio Público (fs. 21 a 27), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dictó el Auto de Vista 25/2005 de 19 de abril, mediante el que declaró procedente el recurso y en su mérito revocó la Sentencia absolutoria impugnada, pronunciando Sentencia condenatoria contra el imputado Edgar Flores Flores, declarándole autor del delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la L1008; en consecuencia se le condenó a sufrir la pena de ocho años de presidio (fs. 28 a 31).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades correcurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Sobre el principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre el cómputo para el inicio del plazo de los seis meses en las acciones de amparo constitucional
- III.5. El caso analizado
- APROBAR