SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0985/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.4.

II.4.  El 23 de febrero de 2007, las Vocales recurridas, integrantes de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dictaron el Auto de Vista 015/2007, rechazando el recurso de apelación incidental por haber sido planteado extemporáneamente, señalando que el recurrente fue notificado personalmente con la Resolución que impugna en la audiencia de 18 de enero de 2007, y, si bien existen dos notificaciones, se considera válida la primera por ética, toda vez que la misma se realizó personalmente al recurrente, y de la misma manera al abogado defensor, asumiendo ambos con dicha notificación el conocimiento de la Resolución impugnada. Asimismo, recomienda a la Juez a-quo que en lo sucesivo, instruya a su personal no realizar dobles notificaciones con las resoluciones que se dicten en audiencia, toda vez que las mismas se las realiza conforme determina el art. 160 del CPP (fs. 25 a 26).