Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.4.
II.4. Mediante Auto Supremo 381 de 9 de abril de 2007, los referidos ex Ministros de la Sala Penal Primera, casaron el Auto de Vista y en consecuencia declararon culpable al procesado y ahora representado del recurrente, del delito de lesiones graves en accidente de tránsito, condenándolo a dos años de privación de libertad, con responsabilidad a la reparación de daños y perjuicios a la víctima (fs. 25 y vta.27 a 29 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- que no es su intención que el Tribunal de garantías ingrese al reexamen de la labor interpretativa ordinaria y a la valoración probatoria propia de la justicia ordinaria
- III.3.3.
- Fragmento 20