Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1017/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.4.
II.4. Ante la solicitud de complementación, explicación y enmienda de la Resolución 157/06 (fs. 102 y vta. y 113 y vta.) por los recurrentes, el Juez correcurrido pronunció los Autos de 7 y 23 de junio de 2006, declarando no a lugar la misma, por estar fundamentado en los incs. d), f), g) y h) de la Resolución (fs. 103 a 114).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1.
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso
- denegado
- APROBAR