SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1022/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 32/2007 de 15 de junio, cursante de fs. 107 a 108, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Fidel Narcizo Laura Villegas contra Reynaldo Juan Ríos Morales, Presidente; Edwin Rojas Miranda, Secretario de Hacienda; Luis Márquez Condori, Secretario de Tráfico "Carrys D" (sic); y Víctor Mamani Canaviri, Secretario de Conflictos, todos miembros del Directorio de la Asociación de Transporte de Pasajeros "Mini Sur", alegando la vulneración de sus derechos a asociarse para fines lícitos, al trabajo, a la remuneración justa y a la petición, citando al efecto el art. 7 incs. c), d), j) y h) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre la legitimación activa
- b)
- denegado
- APROBAR