Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
4)
4) Por ello acudió a todas las entidades como ser DIPROVE, Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), Fiscalía y a causas nuevas de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, sin encontrar datos sobre su esposo, lo cual le hace presumir que se encuentra secuestrado o detenido clandestinamente por funcionarios de la institución a cargo del Director de DIPROVE y privado de libertad, sin que exista razón ni un mandamiento de apremio emitido por autoridad competente.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- i)
- improcedente
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- III.3. Características y naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. Respecto a la subsidiariedad de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- III.5. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- III.6. Análisis de la problemática
- Fragmento 21
- por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad
- Fragmento 23
- APROBAR