Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.4.
II.4. Davy Ureña Oquendo, Fiscal de Materia asignado a DIPROVE, el 26 de febrero de 2008, presentó ante el Juez de Instrucción en lo Penal cautelar de turno, el informe del inicio de la investigación y la imputación formal en contra de varias personas entre las cuales no se encuentra el representado de la recurrente, por los delito de robo agravado, extorsión, asociación delictuosa y receptación, delitos que tienen relación con la operación realizada para recuperar los vehículos robados y en la cual colaboró Liborio Almanza (fs. 29 a 32 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- i)
- improcedente
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- III.3. Características y naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. Respecto a la subsidiariedad de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- III.5. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- III.6. Análisis de la problemática
- Fragmento 21
- por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad
- Fragmento 23
- APROBAR