SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, en representación sin mandato de su esposo afirma en su recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, que Liborio Almanza fue detenido y secuestrado desde el 26 de febrero de 2008 y no remitieron antecedentes ante el fiscal ni ante el juez de instrucción en lo Penal y cautelar en el término establecido por ley, lo cual le hace presumir que se encuentra secuestrado o detenido clandestinamente por funcionarios de la institución a cargo del Director Departamental de DIPROVE y privado de libertad sin que exista razón ni un mandamiento de apremio emitido por autoridad competente. Por lo afirmado, corresponde determinar si debe o no brindarse tutela en el caso concreto, tarea que será realizada a continuación.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- a)
- i)
- improcedente
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- III.3. Características y naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.4. Respecto a la subsidiariedad de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- III.5. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- III.6. Análisis de la problemática
- Fragmento 21
- por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad
- Fragmento 23
- APROBAR