Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1036/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.7.
II.7. Por nota de 24 de mayo de 2007, COLINA S.R.L. solicitó a EMALT el cumplimiento de la RTA 005/2006, y anunció interposición de amparo constitucional (fs. 190 a 191), y el 31 de ese mes y año, el Gerente General de EMALT comunicó a COLINA S.R.L. que el Directorio de esa empresa municipal decidió rechazar la solicitud de pago de $us154 270 (fs. 193).
- recurso amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios recurridos
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 15
- trámite de resolución del contrato
- el amparo no puede ser la vía para exigir el cumplimiento de contratos civiles, administrativos o comerciales,
- REVOCAR