SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

Fragmento 23

         Sin embargo, en mérito de haber otorgado tutela el Tribunal de amparo disponiendo la reincorporación del accionante, y dado el tiempo transcurrido hasta la fecha de emisión de la presente Sentencia, resulta necesario precisar que en caso de haberse restituido al accionante a sus funciones, los sueldos y otros beneficios sociales devengados y percibidos a partir de su reincorporación, deberán consolidarse a su favor, no pudiendo la institución recurrida, solicitar su devolución, en vista a que dicha reincorporación fue ordenada por el Tribunal de garantías, toda vez que toda prestación de trabajo debe ser remunerada.