Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recurso de amparo constitucional
Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: “En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad”.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El caso de autos
- aunque al presentar extemporáneamente, dejó que precluya su derecho consolidándose su destitución; por consiguiente, la solicitud de reincorporación al cargo que posteriormente planteó en base a la RA SSC/IRJ/156/2006, no era procedente porque como se señaló, dicha Resolución, sólo revocó la Resolución por la cual fue responsabilizado administrativamente como ex servidor público con fines de registro; aspecto que no tomó en cuenta el accionante, por lo que no es posible ignorar los actuados procesales anteriores, adquieren firmeza
- Fragmento 23
- REVOCAR