Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1062/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
c)
c) Su ingreso al país se debió a que fue citado por la Fiscalía dentro de una denuncia en la que debía ampliar su declaración testifical, en la cual no declaró a favor de “Sangarini”, sino que dijo la verdad sobre un supuesto delito de hurto agravado de máquinas de juego de la empresa “Jet Game”, de propiedad de “Sangarini”, que estaba operando con contratos indebidos, siendo ese el motivo por el que empezó su vía crucis.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- informe para su DEPORTACIÓN”
- Fragmento 4
- c)
- 1)
- i)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre la normativa respecto a la expulsión de extranjeros
- en los casos previstos por ley
- no pudiendo su portador ejercer en el territorio nacional actividad remunerada alguna
- norma desconoce además lo preceptuado por el art. 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos respecto a la expulsión conforme a un procedimiento determinado por ley”
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- comprueben que en la obtención de las mismas, hayan
- art.
- REVOCA en parte