SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1062/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
III.4. Análisis del caso concreto
Asimismo, por el informe emitido por Dora Baldivieso Fernández, Jefa Departamental de Inspectoría y Arraigo a.i., y Augusto Gregori Arze Santa Cruz, Director Distrital de Migración de Santa Cruz, de 9 de junio de 2008, se establece que el recurrente Joao Elson Frese, de nacionalidad brasilera, en los hechos fue aprehendido a requerimiento del fiscal Marcelo Delgadillo Montellano, quien ordenó su deportación por la supuesta vulneración del ordenamiento legal vigente, realizando actividades ilícitas y haber estafado económicamente a una empresa, como reza el informe señalado, por el que además se evidencia que fue abordado por personeros de Migración en la av. Monseñor Rivero y trasladado a las oficinas de Migración, a fin de elaborar la documentación de deportación; para después, ser conducido a la Terminal Bimodal para su traslado a la frontera de Puerto Quijarro, pero que a exigencia de sus abogados fue hospedado en el hotel España y que la parte estafada, compró pasajes vía aérea para tres personas en “Aerolíneas Gol”, para el 6 de junio de 2008, porque no aceptó permanecer en las oficinas de Migración; y que posteriormente, llegó el fiscal Germán Jesús Quezada Gonzáles, quien ordenó la suspensión de la expulsión y procedió a citarlo para que se presente en oficinas de Migración.
Por Resolución 01/2008 de 12 de junio, María René Quiroga Bonadona, Directora General Ejecutiva del SENAMIG, y Abigail Zegarra Fernández, Directora Técnica de Extranjería y Pasaportes, se canceló la permanencia de “turista” otorgada al ciudadano brasilero “Elson Joao Frese” y ordenaron su cumplimiento y la aplicación de lo previsto en el art. 45 del DS 24423.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- informe para su DEPORTACIÓN”
- Fragmento 4
- c)
- 1)
- i)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre la normativa respecto a la expulsión de extranjeros
- en los casos previstos por ley
- no pudiendo su portador ejercer en el territorio nacional actividad remunerada alguna
- norma desconoce además lo preceptuado por el art. 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos respecto a la expulsión conforme a un procedimiento determinado por ley”
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- comprueben que en la obtención de las mismas, hayan
- art.
- REVOCA en parte