Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1099/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 2 de octubre de 2006, el recurrente interpuso recurso de apelación contra la Resolución 106/2006 (fs. 18 a 23), habiéndose pronunciado la Resolución del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. 28/06 de 22 de diciembre de 2006, a través de la cual se confirmó la Resolución TPE 063/06 y asimismo se dispuso que quede firme y subsistente la Resolución TPE 106/2006 (fs. 24 a 26), procediéndose a la notificación al procesado con esta Resolución el 31 de enero de 2007, a horas 15:30 (fs. 98).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.
- todos
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación...”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR