Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, plantea recurso de hábeas corpus contra Néstor Julio Enríquez Quiroga, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador del Distrito Judicial de Cochabamba; y Eduardo Almanza Pérez, Director del recinto penitenciario de “El Abra” de Cochabamba; solicitando se disponga su inmediata libertad, mientras la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, resuelva su solicitud de extinción de la acción penal en cumplimiento de la Resolución del Tribunal de garantías, que debe ejecutarse inmediatamente y sin observaciones.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Legitimidad pasiva
- el presente recurso de hábeas corpus fue planteado únicamente en contra de los Jueces Técnicos y Ciudadanos del Tribunal Primero de Sentencia y los Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, no así contra los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, que tienen competencia para revisar y corregir las supuestas actuaciones ilegales
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR