Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1143/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.1.
II.1. El 16 de septiembre de 1997, la Alcaldía de Oruro, presentó demanda coactiva fiscal contra Pedro Rubín de Celis Rojas, Rolando Frdey Mier Aliaga y otros, por responsabilidad civil en base al informe de auditoría y dictamen CGR-1/D-020/97 de 17 de abril, con la que se notificó a los demandados mediante edicto, librado por el Juez Administrativo, Coactivo, Fiscal y Tributario del Distrito Judicial Oruro, el 30 de julio de 1998 (fs. 1 a 5).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Referencia normativa del procedimiento coactivo fiscal
- III.4.Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.5. Análisis del caso
- Fragmento 20
- APROBAR