SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1143/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1143/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

improcedente

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, dictó la Resolución 009/2007 de 26 de julio, cursante de fs. 85 a 90, declarando improcedente el recurso interpuesto, con los siguientes fundamentos: 1) La notificación de la Resolución 2/2002 y pliego de cargo 2/2002 realizadas por cédula conforme al art. 15 de la LPCF, fueron correctamente practicadas; 2) De acuerdo a la LPCF las citaciones y notificaciones no exigen juramento previo de desconocimiento de domicilio; pero aún existiendo defectos de orden procesal, estos fueron cubiertos de acuerdo al art. 129 del CPC, cuando los coactivados, mediante sus apoderados, tomaron conocimiento de los datos del proceso y asumieron defensa; 3) Según los datos del proceso y que reconocen los recurrentes, no presentaron recurso de apelación y casación contra la Resolución 2/2002, pese a que, como se señaló antes, tuvieron conocimiento de su existencia, omisión que hace a la improcedencia del amparo conforme el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).