SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010

Fecha: 20-Sep-2010

Fragmento 12

          De acuerdo a la naturaleza del presente recurso y su alcance dentro del control constitucional ejercido por este Tribunal, precisados en el fundamento jurídico anterior, es pertinente referirse a la norma contenida en el art. 60 de la LTC, que establece los requisitos de contenido del recurso, a objeto de verificar su procedencia con carácter previo al análisis de fondo, dicha tarea corresponde a la Comisión de Admisión, que luego del análisis del cumplimiento de los requisitos determina el rechazo o admisión del recurso indirecto o incidental de inconstitucional; sin embargo, cuando admitido el recurso, se advierte que la Comisión de Admisión no cumplió a cabalidad y en forma debida esa tarea, corresponde verificar esa situación y con carácter previo establecer si procede o no el recurso.