SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2010
Fecha: 20-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, es promovido contra el art. 239 inc. 3) del CPP, por contraponerse -supuestamente- a los riesgos procesales como es el peligro de fuga, establecido por el art. 15 de la LSNSC, ya que de acuerdo al principio de jerarquía normativa, la estructura jurídica de un Estado se basa en criterios de niveles jerárquicos que se establecen en función de sus órganos emisores, su importancia y el sentido funcional. Así el art. 239 inc. 3) del CPP, en el que se ampara el procesado para la cesación de su detención, es inconstitucional, frente al art. 15 de la LSNSC, por ser una Ley especial, que se encuentra en plena vigencia y no puede ser alterada por una unilateral interpretación, generando “desorden” legal y “mala funcionalidad” de las atribuciones de los operadores judiciales.
- r
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- admitió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance del control constitucional en sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Naturaleza jurídica del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad y alcance del control constitucional
- Fragmento 12
- tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE