SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010

Fecha: 20-Sep-2010

1.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional

Mediante circular 07/2007, se reanudaron los plazos a partir del 24 de septiembre, los mismos que por Acta 3/2007, fueron suspendidos a partir del 4 de octubre de 2007. Por sesión ordinaria de 3 de diciembre de 2007, el Pleno de este Tribunal determinó la reanudación de los plazos procesales a partir del 4 de diciembre de 2007, siendo la nueva fecha de vencimiento el 4 de enero de 2008.

Ante la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin quórum que le permita la normal resolución de causas; no obstante de ello, conforme lo dispuesto por la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, se designó nuevas autoridades, reanudándose labores jurisdiccionales y disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a nuevo sorteo, efectuándose el que se revisa, el 10 de agosto de 2010, por lo que la presente Resolución, es pronunciada dentro de plazo.