Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0016/2010
Fecha: 20-Sep-2010
II.2.
II.2. En ese sentido, se persigue la inconstitucionalidad de la precitada normativa, porque dentro del proceso administrativo sancionatorio concerniente al recurso de revocatoria contra la Resolución SB 017/2007 de 30 de marzo, todos los recurrentes; es decir, Julio Marín Durán , Alberto Eugenio Bacherer Soliz y Ronald Yuri Rodríguez Urquidi, fueron suspendidos temporalmente de sus funciones en la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo Guapay por el lapso de dos años (fs. 11 a 26).
- recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad, promovidos por Macelo Zabalaga Estrada, Superintendente de Bancos y Entidades Financieras a.i.
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- 1.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- a)
- I.4.1.Relación sintética del recurso
- I.4.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.4.3.Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.5.1.Relación sintética del recurso
- I.5.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.5.3.Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Naturaleza del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- aplicable
- SC 0051/2005
- Fragmento 20
- III.4. Aplicación de la interpretación constitucional a los procesos en trámite
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- IMPROCEDENTE