SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

i)

El abogado del correcurrido Ignacio Villca Opi, Director del SEDUCA, expresó: i) El art. 2 del Decreto Supremo (DS) 25232, establece que el SEDUCA, es un órgano operativo y desconcentrado de la Prefectura del Departamento, con competencia departamental, contando con independencia de gestión administrativa, dependiendo del Prefecto y funcionalmente del Director de Desarrollo Social de la Prefectura; ii) Corresponde al Director, brindar un informe completo sobre el proceso administrativo que se llevó a cabo en la Dirección Distrital y que se encuentra en alzada ante el SEDUCA, ya que de acuerdo a la prueba presentada por el propio recurrente, existe un decreto de radicatoria de 17 de julio de 2007; y, iii) En virtud a una Resolución dictada por el Director Distrital de Educación, el recurrido emitió el Auto de 23 de julio de 2007, quedando únicamente su devolución a la Dirección Distrital.