SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

II.2.

II.2. Gonzalo Mirko Rojas Arnéz, en representación de Ana María Muriel Arano por memorial presentado el 30 de enero de 2004, solicitó al Juez de la causa se acumulen las medidas previas al remate del bien inmueble inscrito en DD.RR. bajo matrícula 7.01.1.99.0024917, ya que la anotación preventiva de la transferencia del inmueble a una tercera persona se encuentra caducada según el art. 1553.I del CC, pidiendo además se fije fecha para el remate de dicho inmueble (fs. 72); ante dicha solicitud por Auto de 2 febrero de 2004, el Juez señaló día y hora de audiencia de la primer subasta y que en cumplimiento del art. 1479 del CC se notifique con el señalamiento ya sea en forma personal o mediante edictos de prensa al personero legal del Banco Económico S.A. y Oscar Mario Arano Añez a fines de que tomen conocimiento respecto al bien inmueble sobre el que tienen gravámenes inscritos y que va a ser objeto de subasta y remate (fs. 72 vta.).