SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.7.
II.7. Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2004, Gonzalo Mirko Rojas Arnez, al haberse adjudicado el inmueble a favor de su poderdante en el segundo remate, solicitó al Juez que oficie y ordene al Banco Económico S.A. para que presente liquidación actualizada de la deuda pendiente del ejecutado Félix Fernando Arano Añez para que se pueda realizar el pago de dicha obligación y el Banco levante el gravamen existente sobre el inmueble (fs. 180), es así que el Juez por decreto de 16 de septiembre del mismo año, otorgó el plazo de cinco días para que la citada entidad financiera, presente su liquidación actualizada (fs. 180 vta.); el Banco Económico S.A. el 22 del referido mes y año, cumplió con lo ordenado y adjuntó su liquidación actualizada (fs. 183), habiendo Gonzalo Mirko Rojas Arnéz adjuntado a su memorial de 27 de septiembre de 2004, el depósito judicial para realizar el pago al Banco Económico S.A. y solicitó la aprobación del remate (fs. 187); por su parte el juez de la causa, por Auto de 29 de septiembre de 2004 aprobó en todas sus partes la subasta, remate y adjudicación del inmueble (fs. 187 vta.), habiendo en consecuencia el representante de la ejecutante solicitado el 20 de octubre de 2004 el endose y desglose del depósito judicial a favor de la citada entidad financiera (fs. 190), con lo cual el Juez de la causa por decreto de 21 de octubre de 2004, al estar ejecutoriado el Auto de aprobación de remate, ordenó que por Secretaría se proceda al endose y desglose del depósito judicial 53767 a favor del apoderado legal del Banco Económico S.A. (fs. 190 vta.).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. La notificación al tercero interesado
- complementó y moduló
- a)
- Banco Económico S.A.
- 1º APROBAR