Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.3.
II.3. Gonzalo Mirko Rojas Arnéz con el argumento de que el paradero de Félix Fernando Arano Añez y Oscar Mario Arano Añez es desconocido, solicitó por memorial presentado el 25 de febrero de 2004, se ordene la notificción mediante edicto de prensa con el señalamiento de la audiencia de remate (fs. 74) y por decreto de 26 del mismo mes y año, el Juez dispuso se notifique en la forma solicitada (fs. 74 vta.).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. La notificación al tercero interesado
- complementó y moduló
- a)
- Banco Económico S.A.
- 1º APROBAR