Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
a)
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Gerardo Torres Antezana y Ángel Aruquipa Chui, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; solicitando: a) Se declare “procedente” el mismo; b) Se deje sin efecto la Resolución 749/06 de 15 de noviembre de 2006; y, c) Subsistente la Resolución 103 “A”/2006 de 21 de julio; y en consecuencia se declarare extinguida la acción penal seguida en su contra.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.9. Devuelto el expediente al Juzgado de origen
- II.11.
- II.12.Por memorial de 13 de marzo de 2007, el recurrente interpuso cuestión previa de prescripción
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SC 0231/2010-R
- más allá de formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- III.3. Análisis del caso concreto
- le fue notificada el 24 del citado mes y año
- “cúmplase”
- concedido
- REVOCAR