SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señaló que la Resolución 749/06 de 15 de noviembre de 2006, por la cual se revocó la Resolución “103 A”/2006 de 21 de julio, que declaró extinguida la acción penal seguida en su contra, es vulneratoria a sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16. IV de la Constitución Política del Estado vigente (CPE), pues no se consideró la auditoría legal presentada por su parte, donde se demuestra la dilación en la que incurrieron las autoridades jurisdiccionales que dan lugar a la extinción de la acción penal. Corresponde en consecuencia, revisar si tales extremos son evidentes a efectos de otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.9. Devuelto el expediente al Juzgado de origen
- II.11.
- II.12.Por memorial de 13 de marzo de 2007, el recurrente interpuso cuestión previa de prescripción
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SC 0231/2010-R
- más allá de formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- III.3. Análisis del caso concreto
- le fue notificada el 24 del citado mes y año
- “cúmplase”
- concedido
- REVOCAR