Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.2.
II.2. Por Resolución 130/2002 de 8 de noviembre, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dispuso la acumulación del proceso al radicado Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal Liquidador, bajo el fundamento de que el querellante Curt Antonio Goldschmidt Roncal, habría iniciado una acción penal en su contra el 8 de marzo de 2000, formalizando querella el 1 de abril del mismo año, el cual con el requerimiento, fue sorteado al Juzgado Undécimo de Instrucción en lo Penal, ahora Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal Liquidador (fs. 102 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.9. Devuelto el expediente al Juzgado de origen
- II.11.
- II.12.Por memorial de 13 de marzo de 2007, el recurrente interpuso cuestión previa de prescripción
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SC 0231/2010-R
- más allá de formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- III.3. Análisis del caso concreto
- le fue notificada el 24 del citado mes y año
- “cúmplase”
- concedido
- REVOCAR