Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.11.
II.11.La Resolución 07/2007 de 28 de febrero, rechazó las cuestiones previas de falta de tipicidad, materia justiciable y revocatoria del Auto Inicial de la Instrucción, disponiendo se prosiga con la tramitación del proceso, ya que al haberse rechazado la cuestión previa de falta de materia justiciable en la etapa de la instrucción penal y habiéndose dictado el Auto Final de la Instrucción, ya no correspondía considerarse en esa instancia procesal la cuestión previa de atipicidad (fs. 384 a 385). Apelando dicha Resolución, el recurrente a través de memorial de 8 de marzo (fs. 388 a 392 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.9. Devuelto el expediente al Juzgado de origen
- II.11.
- II.12.Por memorial de 13 de marzo de 2007, el recurrente interpuso cuestión previa de prescripción
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SC 0231/2010-R
- más allá de formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- III.3. Análisis del caso concreto
- le fue notificada el 24 del citado mes y año
- “cúmplase”
- concedido
- REVOCAR