SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1220/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
concedió
La Resolución de 024/2007 de 1 de junio, cursante de fs. 472 a 475 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías concedió el recurso; disponiendo la nulidad del Auto de Vista 749/06 de 15 de noviembre de 2006 y que se dicte un nuevo auto de vista, donde estén considerados los aspectos extrañados y que forman parte de una resolución que resuelve una extinción penal; ello, con el fundamento de que se vulneró la seguridad jurídica y el debido proceso porque el Auto de Vista no está debidamente fundamentado al omitir la consideración respecto a la participación tanto del querellante como de los representantes del Ministerio Público, así como de las diferentes autoridades jurisdiccionales y de los funcionarios subalternos en el curso del proceso y su dilación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.9. Devuelto el expediente al Juzgado de origen
- II.11.
- II.12.Por memorial de 13 de marzo de 2007, el recurrente interpuso cuestión previa de prescripción
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SC 0231/2010-R
- más allá de formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- III.3. Análisis del caso concreto
- le fue notificada el 24 del citado mes y año
- “cúmplase”
- concedido
- REVOCAR