SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
no se aprecia una relación de causalidad de los hechos supuestamente ilegales con cada uno de los derechos acusados como vulnerados
Sin embargo, del tenor de la demanda no se aprecia una relación de causalidad de los hechos supuestamente ilegales con cada uno de los derechos acusados como vulnerados, muchos menos de manera clara y precisa, puesto que no es suficiente la relación de los hechos que motivan el amparo constitucional, sino también su relación con los derechos que se invoca, de lo contrario no podría establecer si dichos actos son o no ilegales y si vulneran o no derechos fundamentales en concreto. Por otra parte, los derechos acusados de vulnerados, si bien los indica, sin embargo, no hace ni una cita ni constitucional, legal u de otra norma que forme parte del bloque de constitucionalidad, denotando con ello una falta de claridad en su demanda.
En consecuencia, al ser claros los razonamientos, base legal y jurisprudencial explicados en el punto precedente, y que son aplicables al presente caso, corresponde denegar la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada, por la ausencia de requisitos que impiden tal situación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- I.
- AC 0156/2010-RCA
- aunque señaló los derechos supuestamente suprimidos, restringidos o amenazados,
- se ve imposibilitado de ingresar al análisis de fondo
- SC 0071/2010-R
- III.2.2. Análisis del caso concreto
- no se aprecia una relación de causalidad de los hechos supuestamente ilegales con cada uno de los derechos acusados como vulnerados
- APROBAR,