SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1256/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1256/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

a)

Zaida Montaño Cuellar, mediante memorial cursante a fs. 231 y vta., refirió: a) El 22 de septiembre de 2007, se la pretendió notificar con el recurso de amparo constitucional de manera ilegal, ya que su persona no tiene poder de representación para contestar ninguna demanda, habiéndole otorgado el año 2002 un poder en forma individual, para proseguir un juicio laboral; b) La recurrente, conoce que Luciano Pana Centurión, Paulo Sergio Da Silva y Lucelia Pana Araúz, no viven en la ciudad de Santa Cruz, personas que resultan ser terceros interesados, y con la notificación ilegal a su persona, los mismos se encontrarían en estado de indefensión; y, c) La recurrente, fue notificada en Secretaría de Cámara de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, mediante cedulón a horas 17:30 del día martes 9 de enero de 2007, por cuanto concierne al principio de preclusión de los derechos para accionar, en el caso concreto, para demandar de amparo constitucional.