Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de todos los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin quórum que le permita la normal resolución de causas; que, conforme lo dispuesto por la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, se designa a nuevas autoridades, reanudándose labores jurisdiccionales y disponiéndose mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el sorteo de causas; en el caso, se efectuó el 20 de julio de 2010, por lo que la presente Resolución, es pronunciada dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.5.
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre los derechos invocados
- III.4.
- III.5.Con respecto a los Vocales demandados
- APROBAR