Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.5.
II.5. La Jueza Segunda de Partido del Trabajo y Seguridad Social, mediante Auto de 18 de enero de 2007, señaló que no es viable la solicitud interpuesta en ejecución de sentencia, conforme dispone el art. 514 del CPC, por cuanto no se consignó el pago de beneficios teniendo en cuenta lo establecido por el DS 23381 (fs. 22).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.5.
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre los derechos invocados
- III.4.
- III.5.Con respecto a los Vocales demandados
- APROBAR