SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1286/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1286/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

Estas situaciones corresponden ser analizas en audiencia por el tribunal de garantías.

Toda vez que cada problemática es muy particular, la referida Sentencia Constitucional, dejó establecido que "Estas situaciones corresponden ser analizas en audiencia por el tribunal de garantías. Teniendo en cuenta que por previsión constitucional, la acción de libertad esta exenta de formalismos en su presentación, por ello, en ningún caso corresponde el rechazo de esta acción, sino la admisión, es en audiencia donde el Tribunal de garantías, debe analizar si corresponde o no ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada o denunciada, y luego conforme al trámite o procedimiento sumarísimo, dictar Sentencia concediendo o denegando la tutela solicitada, con los efectos que corresponde, según sea el caso".