SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1304/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1304/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

iii)

iii) De las conclusiones precedentes, este Tribunal de garantías deja establecido, que las vías y recursos administrativos fueron utilizados inadecuadamente y fuera de los plazos previstos por Ley, siendo aplicable para el presente caso lo dispuesto por el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al tener el recurso de amparo constitucional carácter subsidiario; es decir, que procede únicamente cuando se agotaron los recursos legales por los que se puede reparar el daño causado; consecuentemente, no corresponde otorgar la tutela solicitada, porque el caso no responde tampoco a la excepción de las subreglas de subsidiariedad establecidas por la jurisprudencia constitucional en la SC 0238/2006-RCA de 28 de julio, dado que las propias normas reglamentarias especiales que invoca el recurrente abren la vía de la jurisdicción laboral de manera previa y expresa, cual refiere el art. 10.III in fine del DS 28699.