SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

denegó

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en tribunal de garantías pronunció la Resolución 42/2007 de 10 de julio, por la que denegó el amparo constitucional. Como fundamentos se señalan: a) Habiendo sido sometido el recurrente a sumario administrativo, donde por Resolución AN GEGPC-SM 103/2006 de 15 de septiembre, se le impuso la sanción de destitución, contra cuya Resolución hizo uso de los recursos de revocatoria y jerárquicos, en los que se confirmó la referida Resolución, por lo tanto hizo uso de su derecho a la defensa, tampoco se vulneró el derecho al debido proceso en su elemento del juez natural, ya que la Juez Sumariante fue designada en tal calidad por el Presidente Ejecutivo  a.i de la Aduana Nacional, mediante Resolución RA-PE 02-001-06 de 5 de enero de 2006 y respecto a la ausencia de firma de la Secretaria, se tiene que el DS 23318-A fue modificado por el DS 26237 en su art. 26, donde no se prevé la existencia de un Secretario permanente, de lo que se concluye que la nulidad impetrada no es viable; b) En cuanto al memorándum 345/06 de 8 de diciembre de 2006, emitido por la Presidenta Ejecutiva a.i de la Aduana Nacional para el recurrente, se advierte que el mismo fue resultado de la determinación tomada en la reunión ordinaria de la fecha señalada por el Directorio de la Aduana Nacional de Bolivia, de prescindir de los servicios que venía prestando como Gerente Regional de Santa Cruz, todo ello en su calidad de funcionario de libre nombramiento; y c) Finalmente en cuanto a la legitimación pasiva observada por la parte recurrida no corresponde porque se dispuso la notificación a las actuales autoridades de la Aduana Nacional de Bolivia.