SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

II.3.

II.3. El Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, por Sentencia 088/05, falla declarando probada la demanda en todas sus partes, ordenando que René Saavedra Ribera y Fred Reymond Asbun Farah, paguen a favor del Banco Unión S.A. (fs. 25 y vta). Ante dicha Sentencia, el garante solidario, Fred Reymond Asbun Farah, interpone excepción de falta de fuerza coactiva, indicando en el fondo, que el art. 48 de la LAPCAF, establece las condiciones para que se considere un título coactivo, no habiendo éste hecho renuncia expresa al proceso ejecutivo (fs. 26 a 27 vta). Consecuentemente, por Resolución 385/06, el Juez de la causa, declara improbada la excepción de falta de fuerza ejecutiva de la escritura pública 779/97, disponiendo la prosecución de los trámites del proceso (fs. 29 y vta). Por dichas circunstancias, Fred Reymond Asbun Farah, interpone recurso de apelación y fundamenta agravios (fs. 31 a 32 vta.), emitiendo la Sala Civil Segunda, el Auto de Vista 40/07 de 1 de marzo de 2007, mediante el cual, revoca la Resolución 385/06; y declara probada la excepción de falta de fuerza coactiva de la escritura pública 779/97, salvando los derechos de la entidad crediticia, para que pueda hacerlos valer en la vía que corresponda (fs. 37 y vta).