SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 056/2007 de 12 de octubre, cursante de fs. 70 a 72 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Manuel Oscar Gutiérrez Ibieta, en representación del Banco Unión S.A. sucursal La Paz contra Velia Guachalla Novillo, Presidenta de la Sala Civil Segunda; y René Pabón Ortuño, Presidente de la Sala Civil Primera, ambos de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de la entidad bancaria a la que representa a la "seguridad jurídica", a la petición y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso
- 1.
- el PRESTATARIO,
- APROBAR,