SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, por su representada, arguye que instauró proceso coactivo civil por impago de préstamo con garantía hipotecaria, interponiendo el garante personal y mancomunado, excepción de fuerza coactiva de la escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria, señalando que la misma no reúne los requisitos necesarios. Resolviendo los Vocales recurridos, hoy demandados, probada la excepción, basándose en la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional. Considerando el accionante, que la jurisprudencia utilizada fue mal aplicada, porque la misma tuvo carácter retroactivo. Corresponde analizar en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso
- 1.
- el PRESTATARIO,
- APROBAR,