SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1325/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1325/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

III.6.1.

III.6.1. En el caso concreto, el accionante alega que sus derechos a la defensa a la “seguridad jurídica” y las garantías al debido proceso y a la “legalidad”, fueron vulnerados por las autoridades demandadas, quienes declararon inadmisible el recurso de apelación que interpuso contra el Auto de Vista 76, que le fue notificado el 16 de noviembre de 2006, conjuntamente el Auto de Vista 79, que dio curso a la solicitud de explicación, complementación y enmienda planteada por el Ministerio Público. Invocando el art. 125 del CPP, solicitó explicación, complementación y enmienda del primer fallo, declarada “no ha lugar” por el Tribunal de apelación, mediante el Auto de Vista 82, puesto a su conocimiento el 23 del mismo mes y año. En mérito a lo referido, el 29 del indicado mes y año, recurrió de casación contra el Auto de Vista que resolvió la Sentencia y el complementario, que resolvió su solicitud; por Auto Supremo 169, la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, lo declaró inadmisible porque su presentación fue extemporánea, considerando la fecha de notificación con el Auto de Vista 79.