SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1337/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso
En revisión la Resolución 72/2007 de 1 de octubre, cursante a fs. 314 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Nancy Méndez de Salvatierra en representación de la empresa "Trans Salvatierra S.R.L." contra Jacinto Morón Sánchez, Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Teresa Vera Cañellas de Gil, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior y Sergio Cardona Chávez, Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representada a la seguridad jurídica, a la petición, al debido proceso y las garantías constitucionales de acceso a la justicia, tutela judicial efectiva, igualdad jurídica, citando al efecto los arts. 6, 7 incs. a) y h), 116.X y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg) y 8.I y 24 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.3. Valoración de la prueba en acciones tutelares
- por ende la jurisdicción constitucional no puede ni debe pronunciarse sobre cuestiones de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios, en consecuencia, menos aún podría revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes, emitiendo criterios sobre dicha valoración y pronunciándose sobre su contenido
- III.3. Análisis del caso
- no se advierte que al valorar la misma las autoridades demandadas hubiesen actuado en forma irracional u omitiendo su consideración
- APROBAR