Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.3.
II.3. El 21 de mayo de 2007, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, resolvió el recurso de amparo constitucional interpuesto por Gregorio Navarro Quiroga, representante de Mirna Jimena Navarro Wieler, concediendo la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 84, así como su complementario de 24 del mismo mes y año; y subsistente el Auto Interlocutorio 37/2007, pronunciado por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y cautelar (fs. 123 a 124).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Sobre la nulidad de actos por actividad procesal defectuosa
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR