Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.5.
II.5. El 11 de junio de 2007, Juan Pablo Navarro Wieler, el representado del recurrente promovió recusación contra Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en base al art. 316 incs. 1) y 2) del CPP, solicitando se allanen a la misma (fs. 209 a 210).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Sobre la nulidad de actos por actividad procesal defectuosa
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR