SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

II.8.

II.8.  Mediante Auto de 20 de agosto de 2007, la Jueza Séptima de Partido de Familia, confirma el Auto de 26 de mayo del mismo año, en todas sus partes y “a fin de viabilizar el pago por concepto de gastos extraordinarios del 50%, es decir $us500.-, de la cirugía y tratamiento odontológico de la menor beneficiaria, el mismo deberá descontarse de la asistencia familiar que el demandado viene cancelando, debiendo para tal efecto practicarse por Actuaría nueva Liquidación en la cual se deberá restar del monto cancelado por el obligado a la fecha por concepto de asistencia familiar y los pagos parciales por concepto de Gastos Extraordinarios, garantizando y efectivizando de esta manera el pago de los Gastos extraordinarios en favor de la beneficiaria, debiendo la demandante para futuros incidentes poner en conocimiento previo del demandado, cualquier situación similar a esta con referencia a la beneficiaria, esto a fin de no tener mayores inconvenientes” (sic) (fs. 6 a 9 vta.).