Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 10 de octubre de 2007, cursante de fs. 63 a 64, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Juan Leno Martínez Gutiérrez contra Jeanette Landivar de Panozo, Jueza Séptima de Partido de Familia del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad y a la defensa, citando al efecto los arts. 6.II y 16.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- dictó el Auto de Vista de 20 de agosto de 2007,
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concediendo en parte
- b)
- c)
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 16
- III.1. Operatividad y Aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- “recurso de amparo constitucional”.
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- Fragmento 20
- se evidencia que la impugnación tenía por objeto la revocación del Auto de 26 de mayo de 2007, buscando además que el superior en grado, disponga la expedición del mandamiento de apremio en contra del accionante para el pago en del 50% de los gastos por atención odontológica de la hija menor asistida,
- además
- APROBAR