SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1380/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1380/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

el procesado y hoy accionante tuvo la oportunidad de hacer valer su derecho y de reclamar cada acto en su debida oportunidad

Por otra parte, el accionante también invoca la vulneración al debido proceso, señalando que: la denuncia es defectuosa, el decreto de admisión esta fuera de plazo, falta de citación con la denuncia, no se ha procedido a declarar la rebeldía, no se ha trabado la relación procesal y que la Sentencia se dicto sin designación de relator; empero, como se ha manifestado en los puntos precedentes, el procesado y hoy accionante tuvo la oportunidad de hacer valer su derecho y de reclamar cada acto en su debida oportunidad ante el Tribunal que tramitaba su proceso, para que sea esta instancia en primer lugar, la que advertida de su error pueda corregirla o enmendarla; sin embargo, como no asumió defensa, dejo que precluyeran las etapas, provocando con ello que la denuncia de la vulneración al debido proceso que hoy realiza, sea extemporánea y fuera de lugar.