SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1397/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
III.5. Del caso de análisis
De los antecedentes que informan el expediente se establece que por Resolución ICU 054/2007 de 30 de agosto, el Consejo Universitario de la UAGRM resuelve convocar al I Congreso Universitario Docente Estudiantil de dicha Universidad, en cuyo art. 11 inc. b) referido a los requisitos de elegibilidad docente, establece que para ser delegado docente se requiere no haber atentado contra la autonomía universitaria, en base a esa Resolución el Consejo Universitario dicta la Resolución ICU 055/2007 de la misma fecha, por la que resuelve conformar el Comité Electoral encargado de dirigir el proceso de elección de delegados al I Congreso Universitario, dicho Comité Electoral el 12 de septiembre de 2007, convoca al proceso eleccionario de delegados “Docente-Estudiantil” del referido Congreso, en cuyo capítulo IV de las condiciones de elegibilidad, el art. 10, numeral I, inc. b), dispone como uno de las condiciones de elegibilidad docente, el de no haber atentado contra la autonomía universitaria.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- i)
- conceden
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. Sobre la subsidiariedad del amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.5. Del caso de análisis
- 1)
- APROBAR