Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Los recurrentes, interponen recurso de amparo constitucional contra José Luis Caballero Quevedo, Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando sea declarado procedente y se anule el proceso interdicto de recobrar la posesión hasta fs. 17 del expediente original, ordenando se subsanen los defectos de la demanda principal, así mismo se anule el mandamiento de lanzamiento de 24 de agosto de 2007, con costas, daños y perjuicios y que se concluya el proceso ordinario sobre el derecho propietario ganancial.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil,
- tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 17
- III.4. El caso en examen
- APROBAR